Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación

Canales de atención Comunicación IIVTNU

Puesta en marcha en la Dirección General del Catastro del nuevo servicio de atención por videoconferencia “Catastro Directo (Cadi)”


Este servicio estará disponible en los servicios de atención al ciudadano de todas las Gerencias del Catastro y permitirá que los ciudadanos sean atendidos por videoconferencia por el personal funcionario de la Gerencia, ahorrando de esta forma desplazamientos innecesarios a las oficinas.

Este nuevo canal es especialmente útil para la atención a los ciudadano en el ámbito catastral ya que permite, a diferencia de la atención telefónica, mostrar la descripción gráfica de sus parcelas en la Sede Electrónica del Catastro sin necesidad de que estos se desplacen presencialmente a las Gerencias del Catastro.

La fecha prevista para el inicio del proyecto es el 14 de marzo de 2022. Es un servicio cuya prestación está sujeta a cita previa. Los ciudadanos que deseen concertar cita a partir de esa fecha para ser atendidos por videoconferencia deberán solicitarlo llamando a la Línea Directa del Catastro (91 387 45 50/ 902 37 36 35).

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Tasa por Expedición de Documentos Administrativos

¿Qué es la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos?

Constituye el hecho imponible de esta tasa, la expedición de documentos administrativos y/o copias de los mismos expedidos por los distintos Servicios Municipales.

 

¿Quién tiene que pagar la tasa?

Las personas físicas ( los particulares)  o jurídicas ( empresas, comunidades de bienes, comunidades de propietarios etc..) que soliciten los documentos y/o copias  o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente  de que se trate.

 

Cálculo del importe a pagar

La cuota a pagar dependerá del tipo de documento, y en su caso de su extensión, nº de copias y de otra serie de parámetros como el modo de envío o soporte en que se facilita. . Se puede consultar las tarifas para cada caso en la Ordenanza Fiscal nº 24 reguladora de la tasa.

Realizar Autoliquidación Realizar Simulación Consultar Ordenanza Fiscal 24

 

El Pago

Se podrá efectuar en las Entidades financieras colaboradoras y oficinas de Correos, también mediante tarjeta de crédito y BIZUM en la Sede Electrónica del O.A.G.E.R.

 

Documentación

No es necesario aportar documentación.