Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación

Canales de atención Comunicación IIVTNU

Puesta en marcha en la Dirección General del Catastro del nuevo servicio de atención por videoconferencia “Catastro Directo (Cadi)”


Este servicio estará disponible en los servicios de atención al ciudadano de todas las Gerencias del Catastro y permitirá que los ciudadanos sean atendidos por videoconferencia por el personal funcionario de la Gerencia, ahorrando de esta forma desplazamientos innecesarios a las oficinas.

Este nuevo canal es especialmente útil para la atención a los ciudadano en el ámbito catastral ya que permite, a diferencia de la atención telefónica, mostrar la descripción gráfica de sus parcelas en la Sede Electrónica del Catastro sin necesidad de que estos se desplacen presencialmente a las Gerencias del Catastro.

La fecha prevista para el inicio del proyecto es el 14 de marzo de 2022. Es un servicio cuya prestación está sujeta a cita previa. Los ciudadanos que deseen concertar cita a partir de esa fecha para ser atendidos por videoconferencia deberán solicitarlo llamando a la Línea Directa del Catastro (91 387 45 50/ 902 37 36 35).

Derechos y garantías del contribuyente

 

  • A recibir información y asistencia por la Administración Tributaria Municipal sobre el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
  • A conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte interesada, así como la identidad de las autoridades y personal bajo cuya responsabilidad se tramitan.
  • A recibir un trato correcto, manteniendo siempre el debido respeto y consideración.
  • A no aportar aquellos documentos ya presentados y que se encuentren en poder de esta administración.
  • A la confidencialidad y reserva respecto a las informaciones obtenidas para fines tributarios.
  • A recibir información del inicio de las actuaciones de comprobación e inspección y sobre la naturaleza y alcance de las mismas.
  • Al reconocimiento de las exenciones, bonificaciones y reducciones fiscales que le resulten aplicables en cada tributo al contribuyente.
  • A formular quejas y sugerencias en relación con el funcionamiento de los servicios tributarios.
  • A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con la Administración Tributaria Municipal.
  • A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de la Administración.